Argumentos de AFFUR contra la exigencia de poseer bachillerato para poder ingresar a cargos de servicios generales, vigilancia, y otros cargos de servicios de la Udelar.
Introducción:
Un gran escritor uruguayo, aunque no terminó el bachillerato, hablando del “lenguaje”, expresó:
En la época victoriana, no se podían mencionar los pantalones en presencia de una señorita.
Hoy por hoy, no queda bien decir ciertas cosas en presencia de la opinión pública:
el capitalismo luce el nombre artístico de economía de mercado;
el imperialismo se llama globalización;
las víctimas del imperialismo se llaman países en vías de desarrollo, que es como llamar niños a los enanos;
el oportunismo se llama pragmatismo;
la traición se llama realismo;
los pobres se llaman carentes, o carenciados, o personas de escasos recursos;
la expulsión de los niños pobres por el sistema educativo se conoce bajo el nombre de deserción escolar;
Nosotros/as, desde AFFUR, decimos:
La política de discriminación y exclusión de los pobres, para que no entren a trabajar a la Udelar como funcionarios/as, se llama “políticas de buena gestión”.
Para algunos actores de la Udelar las políticas de gestión de personal no tienen que ver con la ética, como si excluir a la inmensa mayoría de los pobres de su derecho al trabajo en el Estado, porque previamente fueron excluidos de su derecho a estudiar, lo cual les impidió culminar el bachillerato, no fuera una cuestión ética.
Dice el refrán popular: en el capitalismo se puede “joder” con todo, menos con la plata. Será por eso que la propuesta del Pro Rectorado de Gestión no exige el bachillerato a los empleados de las empresas tercerizadas que se encargan de la limpieza y la vigilancia en la Udelar. ¡No sea que la propuesta termine aumentando los costos de las privatizaciones! Los pobres podrán seguir ingresando a trabajar a la Udelar, pero sobreexplotados por las empresas piratas que le proveen personal al Estado.
En este mundo “patas arriba”, debemos llamar la atención acerca de cómo “el clima de época”, la ideología dominante, se ha ido corriendo a la derecha. La agenda de la derecha ha ido avanzando hasta el punto de que ciertas propuestas, que en otros tiempos nos hubieran parecido inconcebibles por discriminadoras, ahora las vemos como naturales.
Argumentos:
- El perfil de los cargos de servicios generales y vigilancia no requiere de bachillerato para poder desempeñarlos de una buena forma.
Si nos atenemos a los argumentos expuestos por el Pro Rector de Gestión, Luis Leopold, en la nota que envió al CDC para fundamentar su propuesta de exigir estudios secundarios completos para poder ingresar a servicios generales y otros cargos que actualmente no lo requieren, nos encontramos con la gran contradicción de que sus argumentos NO SE REFIEREN A LAS TAREAS QUE EFECTIVAMENTE REALIZAN LOS CARGOS INVOLUCRADOS, si no a otras cuestiones generales pero no vinculadas con el desempeño real de estos cargos.
Dice el Pro Rector: “Motiva esta propuesta la perspectiva por la que se aspira a que un funcionario que ingrese a la institución desempeñe progresivamente nuevas responsabilidades a lo largo de su carrera funcional, por lo que la complejidad de las tareas es esperable que se incrementen”
En la administración pública, dentro de la cual se encuentra la Udelar, asumir nuevas responsabilidades implica asumir otros cargos, como por ejemplo jefaturas, para lo cual el funcionario/a debe concursar y demostrar sus competencias.
AFFUR está de acuerdo en que se exijan nuevos requisitos para poder asumir cargos de jefatura, y de hecho ha reclamado que se desarrollen instancias de capacitación que garanticen que los postulantes a estos cargos estén debidamente formados para poder asumirlos, pero este es un asunto totalmente distinto al de las exigencias de ingreso para cargos de nivel operativo.
Una cosa es el perfil del cargo operativo y otra muy distinta el perfil del cargo de conducción. No se puede, honestamente, entreverar la baraja y mezclar todo en una misma bolsa, como si todo fuera lo mismo.
Las exigencias para los cargos operativos son unas, y para los cargos de conducción son otras, ya que ambas funciones son muy diferentes entre sí. A modo de ejemplo: una cosa es el perfil de un cargo de servicios generales que realiza tareas de limpieza, y otra muy diferente es la tarea del jefe de servicios generales, que no realiza tareas de limpieza y lo que hace es organizar y planificar las mismas.
Por otra parte, solo un pequeño porcentaje de los funcionarios/as lograrán acceder a cargos de conducción, por la lógica razón de que la cantidad de cargos de jefatura es limitada. Exigirle a un funcionario de nivel operativo, para poder ingresar a la institución, exigencias aplicables a un funcionario de nivel de conducción, por las dudas de que alguna vez llegue a ser jefe, es desproporcionadamente irracional.
Si a lo que se refiere el Pro Rector con asumir “nuevas responsabilidades a lo largo de la carrera” es a otra cosa, debería explicarlo y explicitarlo, porque las tareas del perfil operativo están detalladamente establecidas en la “descripción del cargo”, descritas en la normativa universitaria y además fijadas por la ley que creó los distintos escalafones.
Si el Pro Rector se refiere a que el funcionario/a podría pretender ocupar otros cargos en la institución, le recordamos que para que ello suceda debe concursar, y además, en ese momento, cumplir con las exigencias del cargo al que aspira.
Agrega al Pro Rector: “Los estudios secundarios completos proporcionan una base de conocimientos y habilidades fundamentales como lectura, escritura, comprensión integrada, lógico-matemáticas y pensamiento crítico. Estas habilidades básicas son fundamentales para llevar a cabo una amplia gama de funciones en un entorno universitario, ya sea en roles administrativos, de apoyo o de gestión. En el desempeño de tareas de cualquier naturaleza en organizaciones de alta complejidad como son las universitarias, la culminación de estudios secundarios opera como un factor clave para la posibilidad de los mejores resultados”
En esta aseveración podemos ver un marcado sesgo academicista que raya en lo discriminatorio. Es como si dijera que ciertas “habilidades fundamentales” cognitivas humanas dependen de la culminación de los estudios secundarios.
El mundo está lleno de mentes brillantes, que han hecho grandes aportes a la sociedad, que no han culminado los estudios secundarios.
Eduardo Galeano, quien no cursó el bachillerato, decía: “Culto no es aquel que lee más libros. Culto es aquel que es capaz de escuchar al otro”
Mario Benedetti estudió en el Liceo Miranda, pero no pudo culminar sus estudios secundarios por dificultades económicas.
Reducir la capacidad de adquirir competencias cognitivas a la obtención de un certificado de estudios secundarios completos, implica una visión muy parcializada del ser humano. Es muy paradójico que se pretenda asociar tamaño prejuicio al “pensamiento crítico”.
Dice Eduardo Galeano en el libro de los abrazos: “Desde que entramos en la escuela o la iglesia, la educación nos descuartiza: nos enseña a divorciar el alma del cuerpo y la razón del corazón”
Hay que tener una concepción muy poco empática con las personas para cuestionar su desempeño intelectual por el mero hecho de no haber completado sus estudios secundarios. Pero lo peor es que esto se naturalice, se diga abiertamente sin que nos escandalicemos. Sin lugar a dudas, la derecha nos ha ganado la cabeza.
El Pro Rector, en su fundamentación, se expresa siempre en términos muy genéricos y vagos: nunca explicita la supuesta vinculación directa entre los estudios secundarios completos y las características concretas del perfil de los cargos para los cuales pretende exigir el bachillerato.
Expresa el Pro Rector: “La finalización de los estudios secundarios expresa que un individuo ha alcanzado un nivel mínimo de competencia formativa. Esto garantiza que los funcionarios de la universidad tengan una base de conocimiento adecuada para comprender y desempeñarse en un entorno académico que tiene como propósito la enseñanza pública superior en todos los planos de la cultura y la habilitación para el ejercicio y las profesiones científicas, así como acrecentar, difundir y defender la cultura, contribuir al estudio de los problemas de interés general, y propender a su comprensión pública; defender los valores morales y los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrático republicana de gobierno”.
Esta aseveración profundiza la peligrosa línea argumental de la discriminación al afirmar, sin tapujos, que un funcionario/a que no culminó sus estudios secundarios no tiene “un nivel mínimo de competencia formativa”, y por lo tanto no se puede garantizar que tenga una base de conocimiento adecuada para “comprender” y “desempeñarse” en un entorno universitario. Y luego el Pro Rector recita, a falta de argumentos, el artículo 2 de la ley orgánica de la Udelar.
Lo que falta, lo que brilla por su ausencia en la argumentación del Pro Rector, es la vinculación entre la necesidad de contar con el bachillerato, y el perfil del cargo para el cual se exige este requisito. Por ejemplo, en buen romance: ¿en qué se relaciona el liceo completo con el hecho de que un funcionario de limpieza haga bien su trabajo? ¿El funcionario va a limpiar mejor por tener el liceo terminado?
Lo que se revela en esta carencia argumentativa es la falta de conocimiento, del Pro Rector, de la forma de trabajo que realizan estos cargos. Es decir, se hacen propuestas desde el desconocimiento de la realidad, y esta falta de conocimiento es lo que lleva a que las propuestas, de supuestas mejoras, se formulen desde el prejuicio y por lo tanto no sean eficaces.
Es más que probable que el Pro Rector, como docente de carrera que es, proyecte una visión con un sesgo desde este punto de vista.
Por ejemplo: si a un plantel docente se le aumenta la exigencia, y en lugar de exigirles, para mantener sus cargos docentes, un título de licenciado, se les pasa a exigir un título de magister, o un doctorado, es muy probable que ese plantel docente aumente su nivel.
Pero este modelo, de aumentar la exigencia académica, no es automática y linealmente transferible a todos los cargos no docentes. Se requiere comprender mucho más en profundidad el trabajo real de cada cargo, y no aplicar recetas generales y abstractas de dudoso valor en la vida real.
Si se quiere mejorar el desempeño de un funcionario operativo de servicios generales, eso no se logra exigiéndole el bachillerato completo, ni tampoco exigiéndole una tecnicatura universitaria, ni una licenciatura, ni un posgrado. Aunque el funcionario/a culmine todos estos estudios, eso no va a lograr que mejore su desempeño en su cargo, porque así no funcionan las cosas en estos cargos. El mundo es mucho más complejo que la obtención de certificados académicos.
Lo que es válido, por ejemplo, para un cargo docente, no necesariamente es válido para otros cargos de otras características, como por ejemplo los cargos no docentes que estamos analizando. La analogía solo se puede establecer, forzadamente, desde el prejuicio.
Insistimos: la forzada analogía entre cargos diferentes lleva a modelizar todo desde la perspectiva del cargo docente, lo cual implica un gran desconocimiento, de la alta dirección de la Gestión de la Udelar, de la realidad del trabajo no docente, como si hubiera un divorcio entre la alta dirección y la realidad concreta del trabajo cotidiano de estos cargos no docentes.
Llegamos a esta conclusión porque:
¿Cómo es posible que se confunda el perfil de un cargo operativo con el de un cargo de conducción?
¿Sabe el Pro Rectorado que los funcionarios operativos no toman las decisiones, y que la toma de decisiones, en la estructura universitaria, la ejercen los cargos de conducción?
¿Plantea el Pro Rectorado algún cambio en las estructuras jerárquicas, y piensa que los cargos operativos, de servicios generales, vigilancia, y otros, comiencen a tomar decisiones por sí mismos, desconociendo a sus jefaturas?
¿Si se quiere mejorar la gestión de los funcionarios operativos que tienen que limpiar, vigilar, hacer tareas rurales, etc., por qué no se brindan capacitaciones realmente vinculadas a sus tareas?
¿Es satisfactorio el nivel de capacitación, sobre estas cuestiones, que existe actualmente en la Udelar?
¿Se profundiza realmente sobre estos temas, o simplemente se plantean recetas superficiales y genéricas que no solucionan ningún problema real?
¿Por qué la totalidad de los mandos medios no docentes de la Udelar considera NEGATIVA la propuesta de exigir bachillerato para estos cargos?
¿Por qué esta propuesta generó un abrumador rechazo en el colectivo de trabajadores/as no docentes?
¿Se puede justificar el rechazo por un simple efecto “cultural” de la resistencia al cambio?
¿No será necesario discutir y consensuar otras propuestas de mejoras, que realmente mejoren, y no violenten derechos?
- La ley general de educación no obliga a tener los estudios secundarios completos para poder trabajar dentro del Estado.
No hay ningún informe jurídico que plantee que la vigente ley de educación obligue a tener el bachillerato aprobado para poder ingresar a trabajar dentro del Estado.
El artículo 7 de la ley 18.437, promulgada en el año 2008, expresaba lo siguiente:
“De la obligatoriedad: Es obligatoria la educación inicial para los niños y niñas de cuatro y cinco años de edad, la educación primaria y la EDUCACIÓN MEDIA BÁSICA Y SUPERIOR. A tales efectos, se asegurará la extensión del tiempo pedagógico y la actividad curricular a los alumnos de educación primaria y media básica… Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en su centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje”.
Sin embargo, la redacción de este artículo fue modificada por la ley 19.889 del año 2020 (la LUC), quedando finalmente la siguiente redacción: “De la obligatoriedad: Es obligatoria la educación inicial a partir de los cuatro años de edad, la educación primaria y la EDUCACIÓN MEDIA. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, así como los educandos mayores de edad, tienen el deber de contribuir al cumplimiento de esta obligación, conforme a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 70 de la Constitución de la República y las previsiones de la presente ley”.
Si nos remitimos al artículo 70 de la Constitución, este establece: “Son obligatorias la enseñanza primaria y la enseñanza media, agraria o industrial… El Estado propenderá al desarrollo de la investigación científica y de la enseñanza técnica… La ley proveerá lo necesario para la efectividad de estas disposiciones”.
Se considera “educación media básica” a los tres primeros años de liceo o equivalente, y “educación media superior” a los últimos tres años.
La memoria es una función social muy importante, y las sociedades que olvidan su pasado están condenadas a repetirlo. Es importante señalar el contexto socio político que llevó a la creación de la ley general de educación del año 2008, período en que por primera vez en el país una fuerza política definida como de izquierda accedía al Gobierno, y se habían generado muchas expectativas al respecto de los cambios que podrían ocurrir en las políticas educativas.
Eran épocas en las cuales el movimiento social y sindical reivindicaba la Autonomía y el Cogobierno para toda la Educación Pública (incluyendo a la ANEP), y el 6% del PBI para ANEP y Udelar. Previo a la aprobación de la ley se generó el masivo proceso de lo que se llamó el “Debate Educativo”, y se convocó el denominado “Primer Congreso Nacional de Educación”, que llevaría el nombre del Maestro Julio Castro.
En este congreso se consagraron estos principios progresistas, y en ese contexto fue que se planteó, COMO POLÍTICA INCLUSIVA, la necesidad de la obligación de la enseñanza media superior, algo que fue reclamado por todos los gremios de la educación.
Pero el sentido que se le dio a esta “obligación” fue el de la necesidad de luchar para que el Estado, al reconocer a la educación media superior como obligatoria, estableciera políticas que garantizaran su plena accesibilidad.
Como todos sabemos, lo que finalmente sucedió fue que la ley del 2008 no consagró la Autonomía y el Cogobierno para la ANEP, ni el 6% del PBI, ni muchísimo menos la generación de políticas efectivas que garantizaran el pleno acceso de la población a la educación media superior.
Sin embargo, a nadie, hasta ahora, se le había ocurrido interpretar la obligatoriedad legal de la educación media superior como algo que pudiera utilizarse para excluir, a quienes no son bachilleres, de su derecho a trabajar dentro del Estado, sin importar que el puesto laboral no requiera realmente de bachillerato para poder ser desempeñado.
Esta política de exclusión contiene además un nivel de hipocresía muy mal disimulada: ¿Por qué no se le exige el bachillerato aprobado a los trabajadores/as tercerizados que se desempeñan en la Udelar como limpiadores o vigilantes? A igual función, doble vara.
Como expresamos en la Introducción, en el capitalismo se puede “joder” con todo menos con la plata, ¡y nadie va a aceptar pagar más por el mero hecho de mantener una coherencia con los requisitos de ingreso a los puestos de trabajo!
La propuesta del Pro Rectorado también olvida que abre un conflicto importante al respecto del grado que le correspondería, de acuerdo a la estructura escalafonaria no docente, a los funcionarios/as que ingresen (y a los que ya están adentro) con un mayor requerimiento de educación formal, ya que habría que pasarlos del grado 5 al grado 7 de la escala no docente, para armonizar la estructura de las carreras no docentes, lo cual obviamente tiene su costo. Para finalizar nos parece que, la utilización política del criterio, consagrado desde hace muchísimos años en la Constitución, de la obligatoriedad de la educación media, con el objetivo de conculcar el derecho a trabajar dentro del Estado, sin importar el perfil del cargo, resulta una novedad.
Tienen que haber avanzado muchísimo las concepciones ideológicas de derecha para desvirtuar la interpretación de una norma progresista inclusiva, que brega para que la población culmine el bachillerato y el Estado asuma su responsabilidad en este proceso. Utilizar la “obligatoriedad” para excluir, básicamente a los pobres, de su derecho de poder concursar para ingresar al Estado como funcionarios/as, es un síntoma del avance de las concepciones de derecha.
Si como se expresó en la sesión del CDC que discutió este asunto, solamente el 8% del quintil socio económico más bajo culmina el bachillerato, cuando lo hace el 80% del quintil más alto… ¿el problema del bachillerato no estará relacionado al acceso a los recursos económicos en nuestra sociedad clasista?
¿Evitar que los pobres trabajen en el Estado como funcionarios/as, ayudará a mejorar que culminen el bachillerato, o todo lo contrario?
Una cosa muy positiva, que nos dejaron los gobiernos progresistas, a partir de la aprobación de la ley general de educación, fue el Programa de Culminación de Estudios Secundarios (el famoso PROCES), con el cual se comprometieron muchos organismos públicos, incluida la Udelar a instancias de AFFUR, y por el cual las organizaciones públicas promueven que sus trabajadores/as culminen los estudios secundarios.
Hasta hace algunos años la idea del PROCES se consideraba como algo bueno, y como parte de la responsabilidad social de los organismos públicos. Pero ahora, con el avance de las ideologías de derecha, eso está muy cuestionado. Pero los pobres sabemos muy bien de exclusiones y, como decía un gran poeta uruguayo, que tampoco terminó el bachillerato: NO TE RINDAS.