Este martes 12 de mayo a las 10 horas, AFFUR, junto a la UTHC y ADUR, será recibido por la Comisión Especial del Senado de la República que tiene tratando la Ley de Urgente Consideración (LUC).
Antes de la aparición de la emergencia sanitaria decíamos que el proceso de esta Ley de Urgencia (con más de 500 artículos) no permitía un real tratamiento de los diversos, vastos y profundos cambios propuestos. El plazo perentorio para su aprobación debilitaba la calidad democrática de intercambio. Basta mencionar el ejemplo del cálculo sobre los pocos minutos disponibles para poder intercambiar y debatir cada uno de los artículos de esta ley “ómnibus”, teniendo en cuenta la totalidad del articulado y el tiempo del tratamiento parlamentario.
Actualmente, con la presencia de una pandemia mundial, que golpea no solo sanitariamente sino también desde el punto de vista laboral y social, la LUC propuesta está de espaldas a una nueva realidad que necesita de otras “urgencias” para dar respuestas a la salud de la gente y a las necesidades más básicas de la sociedad, como lo es la alimentación.
Lo que se pretende con esta LUC es instaurar un programa de gobierno en tiempo record con propuestas que nada tienen que ver con las urgencias de nuestra sociedad. Sus urgencias no son las urgencias de los trabajadores.
Esta ley, de aprobarse, afectará la vida cotidiana de la ciudadanía, tanto en la pérdida de libertades, autonomía en ámbitos educativos, limitación en la participación democrática, desmantelamiento de las empresas públicas, mercantilización y privatización de la educación, y propuestas concretas que incentivan el avance de lo privado y proponen directamente un repliegue de lo público.
Más allá de introducir cambios concretos en las políticas educativas, la LUC trae consigo medidas que conspiran a la lucha presupuestal, tanto en limitar el ejercicio de la protesta en espacios públicos como en establecer de antemano una regla fiscal que establecería topes a los presupuestos de los distintos organismos del Estado.
Desde el punto de vista presupuestal, la LUC está directamente afectando a la educación y a la Udelar en lo que es la definición de una regla fiscal, que estará establecida en el cumplimiento de metas indicativas del resultado fiscal y a un tope de incremento anual del gasto real vinculado al crecimiento de la economía.
Ya el artículo 210 de la LUC, remite al límite constitucional del gasto público. Por lo cual, si se aprueban estos artículos referidos a la regla fiscal (204 al 210) se estará potencialmente afectando lo que pueda ser el pedido presupuestal de la Udelar y de la enseñanza en general.
Los gobernantes de nuestro país van a contracorriente de lo que vienen desarrollando la mayoría de los países en tiempos de pandemia. Proponen restricción del gasto público cuando por el contrario, se hace necesaria una ampliación de dicho gasto, para el desarrollo de políticas sociales, salud, educación y generación de empleo de la mano del Estado.
Cambios en la educación
La LUC plantea cambios profundos sobre la Ley General de la Educación, que requeriría de un amplio debate social con la participación todos los actores que lleven a un acuerdo nacional.
Establece numerosas y profundas modificaciones a la actual Ley de Educación, permitiendo que otros actores, con menor experiencia en la docencia, integren los órganos de conducción de la educación, y fomentando la participación del sector privado, vinculado a la mercantilización y economización de la educación.
Ya en la Conferencia Regional de Educación Superior (CRES) del 2018 realizada en Córdoba-Argentina, se advirtió sobre la tendencia de la mercantilización de la educación con políticas que llevan a favorecer el avance de las universidades privadas y pérdida de roles y atribuciones a las universidades públicas.
La propuesta del Poder Ejecutivo no incorpora el concepto de educación pública y lo remite exclusivamente al término educación, con lo cual desaparece la definición de público en el articulado. Se atenta contra la libertad de cátedra, remitiéndolo al compromiso con el proyecto del centro educativo para el cual el docente trabaja.
El artículo 131 de la LUC, que modifica el artículo 14 de la Ley General de la Educación, le quita la imposibilidad actualmente vigente de firmar tratados o convenios bilaterales o multilaterales que “directa o indirectamente” promuevan la mercantilización de la educación o que lo establezca como servicios lucrativos.
El literal M del artículo 147 de la ley de urgencia, confiere al Ministerio de Educación y Cultura diseñar los procedimientos de reválida de los títulos, certificados o diplomas obtenidos en el extranjero cuando este rol está conferido actualmente a la Universidad de la República. Teniendo en cuenta que el MEC no cuenta con las capacidades para desarrollar esta tarea, el proyecto introdujo un artículo que define un período de transición por dos años.
Estas propuestas, incluidas en el texto de la ley de urgencia, no fueron consultadas con la Universidad de la República, ya que las mismas van contra la ley orgánica de la Udelar.
En tiempos de emergencia sanitaria y crisis social, el Estado se hace más imprescindible. El rol que actualmente juega, desde lo sanitario, el Hospital de Clínicas, y el aporte desde el conocimiento científico de la Udelar, es un ejemplo, que se hace necesario apoyar y fortalecer las instituciones pública. En estos momentos es cuando hay que recurrir a políticas anticíclicas, generando desde lo público, la dinamización de la economía y focalizando las acciones de protección hacia la población más castigada por esta crisis.