Violencia institucional en Udelar – concursos no docentes

Violencia Institucional en la Udelar:

Versión: concursos no docentes

Informe de Secretaría de Gestión de AFFUR – 9 de marzo 2023

El Plenario Federal de AFFUR, el 01 de marzo, aprobó, por unanimidad, la siguiente resolución:
Vista la grave situación referida a la carrera no docente y los concursos:
  1. Denunciamos la pérdida de cargos de nivel de conducción que está ocurriendo en varios escalafones y carreras.
  2. Denunciamos el desvío de rubros que hacen los servicios de la Udelar que imposibilita que se puedan realizar ascensos de nivel operativo (esta es la causa en la demora de muchos años en estos concursos)
  3. La Udelar genera violencia institucional y la pretende naturalizar. No se respetan las listas de prelación de los concursos, los servicios ocultan cargos, los reservan para ganadores que están por debajo de otros en la lista de prelación, y además pretende mostrar esto como natural (porque se hizo toda la vida), cuando son descaradas transgresiones a los criterios establecidos en la normativa vigente.
  4. Se resuelve promover, por negociación colectiva, modificaciones en las normas de subrogación de funciones, para asegurar que los servicios deban reservar la totalidad de la disponibilidad de los cargos que ponen a subrogar.
  5. Realizar asambleas zonales para explicar todas estas problemáticas, y otras, y armar un plan de acción para alcanzar las reivindicaciones de AFFUR.
A esta resolución se llegó analizando las problemáticas surgidas en diversos concursos, tales como:
  • La demora de añares para la realización de los concursos de nivel operativo (en varios casos de más de 10 años)
  • Las problemáticas surgidas en concursos de nivel de conducción. A modo de ejemplo, y solamente en los últimos tiempos, AFFUR ha recibido quejas en concursos tales como el de Intendente. Hay servicios que no proveen los cargos, dejando acéfalas las Intendencias indefinidamente, e incluso en el interior del país se ha llamado a concurso para Intendente y posteriormente se ha eliminado el cargo (sin que quede claro quien se va a encargar de la función de Intendente). En concursos tales como el de Jefe Administrativo y Jefe de Vigilancia, se ha demostrado que no coinciden los cargos vacantes ofrecidos con la lista de subrogaciones, dando lugar a especulaciones (y a veces a denuncias concretas) de violación de la lista de prelación, ocultamiento y reserva de cargos por parte de algunos servicios.
          En suma, estamos ante un panorama de deterioro de la carrera no docente, por falta de concursos de ascensos, eliminación de cargos de conducción, violación flagrante de la normativa vigente referida a los concursos no docentes y procesos de designaciones, etc.

 

Violaciones a la lista de prelación de los concursos:

          En el Plenario Federal de AFFUR se han denunciado situaciones que transgreden las normas vigentes en forma grosera. Por ejemplo, luego de un concurso, para un determinado cargo, se conforma una “lista de prelación”, la cual es una lista ordenada de mayor a menor de acuerdo al puntaje final que obtuvo cada concursante en el concurso.
          La provisión de los cargos vacantes debe realizarse respetando estrictamente el orden de prelación, o sea, el que tiene mayor puntaje elige el cargo vacante de su preferencia, y luego elige el que le sigue en puntaje, y así sucesivamente, hasta que se acaben los cargos disponibles o la lista de ganadores.
          Pero, para que el respeto a la lista de prelación sea efectivo, es indispensable que todos los servicios pongan a disposición de los ganadores del concurso, vía la Dirección General de Personal (DGP), todos sus cargos vacantes.
        Con “servicio”, en la nomenclatura universitaria, nos referimos a organismos universitarios tales como facultades, escuelas, cenures, hospital de clínicas, etc,
          Si un servicio, luego de homologado un concurso, no informa a la DGP todos los cargos vacantes que posee, los está ocultando por la vía de los hechos, ya que estos cargos no pueden ser ofrecidos a los ganadores del concurso, por lo menos oficialmente.
          La ironía es que hay una práctica, muy difundida en la Udelar, por la cual, algunos servicios, “casualmente”, justo cuando le llega el turno de elegir, en la lista de prelación, al ganador del concurso que ellos quieren, justo en ese momento, y no antes, informan que tienen una vacante disponible, que no había sido ofrecida previamente, y de esa manera el servicio accede a poder designar al ganador que el servicio pretendía, violando, obviamente, la lógica de la lista de prelación.
          Estas prácticas “fantasmagóricas”, por la cual aparecen y desaparecen casi “mágicamente” las vacantes, de acuerdo a las conveniencias de cada servicio, no solamente son, obviamente, totalmente anti éticas, sino que además violan directamente varias normas universitarias vigentes, establecidas justamente para prevenir que estas prácticas puedan realizarse. En suma: en este caso, como en tantos otros, se incumplen las normativas porque las autoridades universitarias, en sus diferentes niveles, deciden lisa y llanamente mirar para el costado.
          Las listas de prelación, en algunos concursos no docentes de la Udelar, funcionan como un gran “como si”, por el cual la Udelar finge o simula su cumplimento, pero luego, en la cruel realidad, no se respetan, y existe una “ley no escrita” que es la que se aplica en la realidad.

Los “acuerdos” con los servicios:

          Otra forma de saltearse o eludir la lista prelación, que practican algunos servicios, es la práctica, totalmente anti jurídica, de rechazar a un ganador de concurso en la entrevista que las autoridades administrativas del servicio mantienen con éste.
          La dinámica es la siguiente: cuando una persona gana un concurso, y le llega el turno de elegir en la lista de prelación, es citado, o llamado, por la DGP, quien le debe informar los cargos vacantes disponibles.
          Es una práctica habitual que la DGP le indique a la persona (el ganador del concurso) que se entreviste con el servicio donde pretende ir a desempeñar su cargo. Por ejemplo, si el ganador elige ir a la Facultad XX, debe solicitar una entrevista con las autoridades administrativas de esa Facultad.
          La función de dicha entrevista es que las autoridades administrativas de la Facultad XX le informen al ganador acerca de las características del cargo, o los cargos, vacantes que tienen disponibles. Recordemos que estos cargos vacantes habían sido informados al ganador, previamente, por la DGP.
          Pero las autoridades del servicio NO tienen ninguna competencia reglamentaria para rechazar al ganador. Si el ganador, una vez informado de las características del cargo, mantiene su elección del mismo, debe ser designado por el servicio. Esto es así y no hay ninguna duda reglamentaria al respecto. De hecho ha habido numerosas situaciones conflictivas al respecto (en muchas ha tenido que intervenir AFFUR) y siempre las autoridades universitarias, en última instancia, le han terminado dando la razón al ganador y el servicio los ha terminado designando.
          Veamos lo que dice la normativa al respecto: El vigente “Instructivo para gestionar designaciones”, (aprobado por el CED el 8/06/2009), que instrumenta cómo debe aplicarse la ordenanza de concursos no docentes, establece en su artículo 10: “Las designaciones se harán de acuerdo al orden de prelación, y al ser convocado, cada ganador podrá elegir el lugar en que desea ser designado en función de los cargos existentes”.
          Los “cargos existentes” son los informados previamente por la DGP, y de esos cargos el ganador “podrá elegir el lugar en que desea ser designado”.
          En ningún lugar de la normativa vigente se establece que se requiere el “acuerdo” del servicio para que el ganador pueda ser designado en un servicio.
          Si bien la normativa es clara, existe una práctica instituida (una costumbre), una “norma” o “ley” no escrita, por la cual las autoridades administrativas de los servicios creen que pueden rechazar ganadores.
          Esta práctica, que ocurre muy frecuentemente en la vida real, es una verdadera práctica de “violencia institucional”, representa una violación de los derechos humanos de las personas ganadoras de un concurso, y es totalmente anti jurídica.
          Esta práctica violenta, por más ilegal que sea, culmina siendo muy efectiva en la vida real. Los ganadores que son sometidos a la violencia de ser rechazados en las entrevistas, terminan, por lo general, escogiendo otro servicio, donde no los maltraten de entrada. La mayoría prefiere resignarse a elegir otro servicio, a arriesgarse a imponer sus derechos a costa de padecer la amenaza, o el miedo, de ser maltratados en el futuro, por el hecho de tener que ingresar a un servicio “con el pie izquierdo”. Esto es así porque el acoso laboral en la Udelar existe, no es un mito.

¿Qué es la violencia institucional?

          A los efectos de este artículo entendemos la “violencia institucional” desde dos acepciones:
  • Como violencia ejercida por el Estado, es decir la violencia que se ejerce desde actos cometidos por el Estado. En este sentido recordemos que la Udelar es parte del Estado, ya que es una organización estatal. Entonces con “violencia institucional” señalamos a los actos administrativos ejecutados por la Udelar, y a las prácticas informales (que se realizan aunque estén por fuera de la normativa) y tienen consecuencias administrativas o afectan la vida laboral de las personas, que comportan violencia porque violentan derechos humanos de los trabajadores/as.
  • Como acto “instituido”. La violencia institucional son prácticas que comportan violencia que ha sido naturalizada. Son usos y costumbres, muchas de las cuales están en directa contradicción con las normativas formales vigentes, pero que igualmente se aplican. En este sentido tienen mayor fuerza que las normas formales. Estos “usos y costumbres” forman parte de la “cultura organizacional” y, en general, son conocidas y aceptadas (a la fuerza) por los trabajadores/as, a pesar de que no estén escritas en ningún lado. La aceptación de estos usos y costumbres violentos es impuesta a las personas (es lo que la organización les enseña, en la práctica cotidiana, que se hace en la organización). Luego de un proceso de “institucionalización” las personas pueden terminar incorporando, aceptando y ¡reproduciendo! los usos y costumbres violentas. Además, la violencia que originalmente se padece en forma pasiva, luego suele reproducirse en forma activa (quien padece violencia, si la misma no es procesada correctamente, existe el riesgo de que en el futuro se la aplique a otros, cerrando el círculo de la reproducción de la violencia).
          En la Udelar, como en todos los organismos del Estado, existe la violencia institucional. Sería absurdo tratar de negarlo. De hecho la institución, gracias a la lucha que AFFUR impulsó en el año 2012, tuvo que generar procedimientos y políticas contra el acoso laboral en la institución, que hasta esa época no existían.
          Recordemos que el primer procedimiento institucional formal contra el acoso laboral, aprobado en el año 2013, se generó debido a la lucha y a la iniciativa de AFFUR. Nos llevó casi dos años poder concretar nuestra reivindicación de la creación de una comisión contra el acoso laboral, y no nos fue nada fácil. En aquella época, muchos actores dentro de la Udelar, se oponían a la creación de una comisión que abordara el acoso laboral en la institución, y sostenían que eso lo debía abordar exclusivamente la división de Jurídica. Hoy por hoy, cuando en casi todos los organismos públicos existen comisiones anti acoso, sería impensable que en la Udelar no hubiera. Pero para que fuera de sentido común que debía haber una comisión y una política formal anti acoso, tuvo que pasar mucha agua por abajo del puente y tuvimos que vencer muchas resistencias internas.
          Lo mismo sucede con el tema de la violencia institucional, que sucede en casi todas las prácticas de recursos humanos, como la de concursos que estamos analizando en este artículo. Debemos generar una lucha para imponer este tema en la agenda universitaria, y a partir de ello trabajar para desarrollar mecanismo que prevengan y actúen contra la violencia institucional.