Boletin Informativo de AFFUR – Negociación Colectiva

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Propuesta salarial de AFFUR en el marco de la Negociación Colectiva Año 2015

¿Qué es la negociación colectiva?

La negociación colectiva es un proceso por el cual se establecen pautas y condiciones de relacionamiento laboral entre empleados y patrones, en una empresa o en cualquier otro tipo de organización, tanto en el sector público como en el privado.

A nivel mundial el derecho a la negociación colectiva se encuentra garantizado en los Convenios 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y es considerado como un derecho fundamental básico integrante de la libertad sindical. En Uruguay la ley N° 18.508, aprobada en el año 2009, definió los temas que deben ser materia de negociación colectiva en el sector público, entre los cuales se encuentra por ejemplo las condiciones de trabajo (que incluye todo lo relativo al salario), la salud laboral, todo lo relativo a la carrera funcionarial, las relaciones entre empleadores y funcionarios, etc.

¿ “Negociación Colectiva” y “Diálogo” son lo mismo?

La negociación colectiva incluye como uno de sus elementos más importantes la promoción del diálogo entre el sindicato y la patronal o autoridad pública competente, pero no es lo mismo “diálogo” que “negociación”.

Para que se pueda ejercer plenamente el derecho a la negociación colectiva tienen que poder darse tres condiciones imprescindibles:

1) La posibilidad de que los trabajadores se organicen en sindicatos

2) La posibilidad de que los sindicatos puedan dialogar con sus respectivas patronales

3) La posibilidad de que los sindicatos puedan adoptar medidas de lucha.

Si alguno de estos tres elementos no se pudiera ejercer, el derecho a la negociación colectiva no podría ejercerse plenamente.

La negociación colectiva entonces es una herramienta de lucha, por la cual las trabajadoras y trabajadores se organizan en sindicatos, dialogan con sus respectivas patronales, y ejercen las medidas de lucha necesarias para el logro de sus objetivos. Es una herramienta para poder mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y trabajadoras y dignificar su tarea. El resultado buscado en la negociación es la firma de Convenios o Contratos Colectivos de Trabajo.

¿Qué es un Convenio Colectivo de Trabajo?

El Convenio Colectivo de Trabajo es un tipo de contrato que se celebra entre un sindicato y un empleador, o entre grupos de sindicatos con un empleador o grupo de empleadores. En este contrato se establecen los temas acordados en la negociación colectiva, es decir las condiciones salariales, de salud laboral, carrera, etc.

El convenio colectivo es una norma jurídica muy particular: es la única norma, en el sistema capitalista, que es elaborada con la participación directa de los sindicatos representativos de las trabajadoras y trabajadores.

PROPUESTA SALARIAL PRESENTADA POR AFFUR – AÑO 2015

Reivindicaciones centrales:

  1. Ejercer nuestro derecho a la Negociación Colectiva.
  2. Todo lo relativo al salario (sueldo base, incentivos, partidas para ascensos, etc.) debe regularse por Negociación Colectiva, dando cabal cumplimiento a la ley 18.508
  3. AFFUR no plantea únicamente resolver el incremento salarial del 2016 o del próximo quinquenio, plantea la firma de un convenio que solucione definitivamente el tema del salario de ingreso en la UDELAR.

Plataforma salarial:

  1. Establecer que el salario de ingreso en la UDELAR, por 40 hs. semanales, debe ser de 10 BPC como mínimo.
  2. La cuota alimentación debe ser equivalente a medio salario mínimo nacional ($ 5000 pesos al 2015)
  3. Alcanzar el 100% del salario vacacional
  4. Consolidar partidas para concursos (AFFUR reivindica concursos cada dos años en los niveles operativos)
  5. Lograr partidas para ingreso de funcionarios
  6. Llevar la partida por retiro incentivado a $240 mil pesos.

CONTEXTO HISTÓRICO POLÍTICO

La UDELAR es uno de los pocos organismos públicos uruguayos que quedan sin regular las condiciones salariales por Convenio Colectivo. Incluso a nivel latinoamericano, si consideramos las universidades públicas cogobernadas, en el resto del continente las condiciones salariales se regulan por convenio colectivo. En este aspecto hay un llamativo retraso en la UDELAR.

En casa de herrero cuchillo de palo:

AFFUR integra la confederación de trabajadoras y trabajadores de las universidades de las Américas (CONTUA), donde hemos denunciado la realidad de que la UDELAR, a pesar de su discurso “progresista”, mantiene una política de definición unilateral del salario, incumpliendo con las normas de negociación colectiva.

Propuesta salarial presentada por AFFUR en la bipartita con la UDELAR

La forma de distribuir las partidas presupuestales incrementales a la interna de la UDELAR deberá ser la que garantice el cumplimiento de la meta de las 10 BPC para los salarios de ingreso de 40 hs. semanales, o la que más nos acerque al cumplimiento de esta meta.

¿Por qué hablamos de BPC?

La BPC (base de prestaciones y contribuciones) es una cifra oficial del gobierno uruguayo, que se utiliza para calcular aspectos salariales, como por ej. el IRPF, etc.) Las BPC se actualizan año a año, y por lo tanto es una cifra que nos permite establecer comparaciones evolutivas a través de los años.

evolución salario de ingreso - tablaevolución salario de ingreso

¿Por qué planteamos 10 BPC?

10 BPC es el equivalente aproximado a la reivindicación histórica de muchos sindicatos de la CSEU y el PIT-CNT que reclaman la Media Canasta Básica Familiar como salario mínimo. El problema es que la “canasta” oficial que maneja el Gobierno uruguayo es muy inferior a la “canasta” en que se basan los sindicatos.

Por este motivo es que AFFUR decidió, en base a asesoramiento técnico de economistas del PIT-CNT, plantear la cifra de 10 BPC para poder establecer un lenguaje común con el gobierno a la hora de la negociación y evitar posibles “malas interpretaciones” que nos podrían perjudicar.

¿Cómo podemos asegurar que se consigan efectivamente las 10 BPC en el grado de ingreso?

PARTIDAS FIJAS: Los incrementos salariales durante los dos primeros años del nuevo presupuesto quinquenal (2016 y 2017) serán por partida fija. A partir del tercer año, considerando el presupuesto quinquenal efectivamente asignado y las Rendiciones de Cuentas, la UDELAR y los sindicatos no docentes discutirán la mejor forma de distribución del incremento salarial, priorizando el acercamiento a la meta de las 10 BPC al ingreso. (propuesta de AFFUR)

NO DESVIAR FONDOS PARA ACTUALIZAR DEDICACIONES COMPENSADAS: Los incrementos salariales que se obtengan a partir del nuevo presupuesto quinquenal (2016) no podrán ser tenidos en cuenta para el cálculo de las Dedicaciones Compensadas. Los incrementos salariales deberán figurar en un renglón aparte y no ser utilizados para el cálculo de las Dedicaciones Compensadas. A modo de ejemplo, para el cálculo del 45% que corresponde a una Dedicación Compensada no se tendrán en cuenta los incrementos salariales (propuesta de AFFUR).

La aplicación de estos criterios es imprescindible para alcanzar efectivamente las 10 BPC en los grados de ingreso

Si se hubieran aplicado, en los períodos pasados, estos criterios planteados por AFFUR, todos los grados de la escala deberían estar ganando hoy aproximadamente $ 5000 pesos mensuales más.

¿Cómo quedaría la nueva escala salarial propuesta por AFFUR?

AFFUR plantea incrementos para todos los grados de la escala, no sólo para el grado de ingreso. A partir de las 10 BPC se arma toda la escala salarial.

A valores del año 2015, el salario de grado de ingreso de 40 hs. semanales debería ser de $ 30.520 pesos. Esta cifra debe actualizarse año a año por IPC (inflación).

AFFUR propone un incremento, como mínimo, de $ 10.779 pesos para todos los grados de la escala. Esta cifra también debe reajustarse año a año por IPC (inflación).

tabla ingreso - incremento

AFFUR plantea que se debe alcanzar la meta de las 10 BPC al ingreso por el método de la partida fija, porque es la forma más rápida y segura de lograrlo. Pero el gremio también definió que: “Una vez alcanzada la meta de las 10 BPC se discutirá la recomposición de la Escala Salarial”. Se define claramente que la primera prioridad es conseguir un salario decoroso para todas y todos los trabajadores/as.

¿Por qué es imprescindible corregir las inequidades salariales en la UDELAR?

Antes que nada por un tema de justicia: a igual función igual remuneración. Pero también porque si no se corrigen las inequidades salariales, nunca va a alcanzar el dinero que otorgue el Gobierno Nacional para cumplir el objetivo, porque el dinero se desvía para otros fines.

¿AFFUR propone rebajarle el salario a los funcionarios que cobran Dedicaciones Compensadas?

AFFUR no plantea ninguna rebaja salarial, con respecto a las D.C. se propone:

  1. Congelar lo que se paga hoy por D.C., no aplicándole ningún actualizador.
  2. Reducir gradualmente en el quinquenio el porcentaje máximo que se paga por D.C.
  3. Estas “pérdidas” se compensan con el incremento general de salarios que propone AFFUR.
  4. La figura de D.C. desaparece totalmente al final del quinquenio (2020). Para ese entonces se deberá definir otro sistema de compensaciones más objetivo y transparente.

¿AFFUR presentó alguna propuesta relativa a las partidas extrapresupuestales (por ej. compensaciones OARE)?

Por el momento la propuesta presentada se basa en los fondos presupuestales generales para salario, contra los cuales se pueden aplicar políticas salariales generales. Los fondos extrapresupuestales se generan en cada servicio y son distintos en cada lugar. Contra ellos no se pueden aplicar políticas salariales generales, ya que son variados y en muchos casos no son permanentes (por ej. dependen de convenios que se pueden renovar o no). Además es necesario un estudio más minucioso caso a caso. Ello se hará una vez resuelto la distribución de los fondos presupuestales generales.

No corregir las inequidades salariales es como tener un tarro al que se quiere llenar de agua, pero tiene una rajadura en el fondo: nunca se puede llenar.