CDC aprueba en general reestructura del Instituto de Capacitación y Formación presentada por el Pro Rector de Gestión Dr. Giachetto.
El martes 28 de noviembre el Consejo Directivo Central (CDC) de la UDELAR resolvió encomendarle al Pro Rector de Gestión y a la Dirección General de Personal la elaboración de una versión “más afinada” de la propuesta original presentada por el Pro Rector. El CDC considera que esta versión debe seguir los “lineamientos generales de la propuesta de estructura y funcionamiento” para el Instituto de Capacitación y Formación (ICF) presentada por Giachetto.
La propuesta presentada implica la necesidad de modificar varios puntos de la actual ordenanza del ICF, por lo cual, de avanzarse en esta línea, se requerirá la elaboración de una nueva ordenanza para dicho instituto.
El Rector Markarian argumentó que no se podía seguir esperando a AFFUR para definir el futuro del ICF, ya que la UDELAR había citado a AFFUR para negociar este asunto pero el sindicato se había negado a concurrir a la mesa de negociación colectiva. Recordemos que AFFUR declaró persona “no grata” a Giachetto y se niega a participar en la mesa de negociación colectiva si a la misma asiste este Pro Rector, lo que ha llevado a la suspensión de varias mesas de negociación y ha dejado pendiente la discusión de varios puntos referidos a la gestión de la UDELAR.
Descripción de la propuesta presentada por Giachetto y análisis de la misma:
La propuesta del Pro Rector consta de 7 puntos, los cuales transcribiremos e iremos analizando uno a uno.
PUNTO 1) “El Instituto de Capacitación y Formación de Funcionarios (ICF) es responsable de planificar y organizar cursos, seminarios, talleres y otras formas de capacitación de los Funcionarios, coordinando y articulando este tipo de actividades, acorde a los objetivos institucionales y lineamientos que establezca el Rector y el Consejo Directivo Central (CDC)”.
PUNTO 2) “Sus objetivos principales son: 1) Contribuir a la actualización de las competencias y habilidades de los funcionarios, 2) Capacitar para las promociones en la carrera funcional, y 3) Contribuir al desarrollo humano y superación personal”.
ANÁLISIS: Los puntos 1 y 2 de la propuesta, si bien en una primera lectura rápida parecían ser correctos, en el fondo son limitantes de los objetivos que establece la actual ordenanza del ICF. La ordenanza (la cual surge de un proceso de negociación con los sindicatos) establece un criterio integral, de varias dimensiones, incluyendo la preparación para la enseñanza formal (de ahì que el PROCES esté dentro de las actividades del ICF). La ordenanza del ICF, a texto expreso en su art. 6, establece que el ICF desarrollará actividades DOCENTES DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN, Y EXTENSIÓN. El hecho de que se le encomiende al ICF este tipo de actividades es algo que ha sido fuertemente cuestionado por el Rector Markarian, que ha planteado por ejemplo que la investigación excede las funciones que debería realizar un organismo encargado de la capacitación de los funcionarios. Si bien el Dr. Giachetto, en su propuesta, no plantea quitarle el nombre de “instituto” al ICF, lo cual sería una suerte de “degradación formal”, en los hechos le quita atribuciones al ICF.
PUNTO 3: “El ICF depende del Pro-Rectorado de Gestión Administrativa y funciona con el asesoramiento técnico de la Dirección General de Personal”.
ANÁLISIS: Esto es limitante y contradictorio también. La actual ordenanza del ICF establece que el instituto depende del CDC. Un instituto debería depender del CDC, no de un Pro Rectorado.
PUNTO 4: “Para el cumplimiento de estos objetivos desarrollará un Plan de Capacitación con actualización periódica, con la participación directa de las Direcciones Generales, sus áreas de competencia específicas y las direcciones correspondientes de los servicios. Ese plan se referirá a los procesos que hacen a la mejora de la gestión en sus diferentes ámbitos y a la estructura y carrera de los funcionarios: 1) Definición de habilidades y competencias para los diferentes puestos, 2) Selección de personal, 3) Ascensos y promociones, 4) Calificaciones y evaluación”.
ANÁLISIS: En este punto sin dudas se filtra mucho contenido ideológico empresarial, lo cual requerirá de un análisis más pormenorizado que el que sucintamente elaboramos para este artículo. Ello no quita que mucho de lo señalado allí sea compartible en algunos aspectos, pero el problema también radica en lo que se omite, y no sólo en lo que se expresa. En términos generales debemos señalar que la visión que se expresa de la capacitación, en este punto, nos acerca más a una visión de “adiestramiento para la tarea”, que a una visión que apunte a una política de capacitación global e integral. En este punto se trasunta una visión más vinculada a la ideología de la gestión “managerial” o empresarial, y menos a una visión que apunte a la mejora y la eficacia de la organización tomando a la capacitación desde el punto de vista del desarrollo humano. AFFUR ha planteado, por ejemplo, que los temas de salud laboral y los temas éticos (prevención del acoso laboral y otros), deberían formar parte de la política de capacitación.
En el punto además hay una referencia a la “selección de personal” que no entendemos a que apunta.
PUNTO 5) “Se revisará la actual Ordenanza del ICF estableciendo un organismo asesor cogobernado integrado por un delegado por cada orden y un representante de los funcionarios TAS, presidido por el Pro Rector de Gestión Administrativa o quien éste delegue y asesorado por la Dirección General de Personal. Un docente de la estructura académica, integrará el órgano asesor y actuará en calidad de coordinador del equipo docente del ICF, alternado en la función con el resto cada 2 años”
ANÁLISIS: Este punto tiene muchas aristas complejas, pero entre las más gruesas debemos mencionar que elimina a la actual Comisión Directiva cogobernada del ICF y la degrada (literalmente) a una comisión asesora de menor rango jerárquico. Este mismo proceso lo padecimos en el Servicio Central de Bienestar Universitario y los resultados fueron nefastos. Allí también se eliminó a la Comisión Directiva y se la degradó a un organismo asesor, el cual cumple funciones simbólicas sin mayor peso dentro de la organización. Desde el punto de vista de los sindicatos, lo que hace es restarle peso político a su delegado en este ámbito. Por otro lado, al no preverse la figura del Director Académico dentro de la estructura, también se degrada la calidad de instituto del ICF, y se pretende suplir esto con cargos rotativos de dudosa efectividad.
PUNTO 6: “La estructura académica estará integrada por 4 docentes Gº 3 o superiores que desarrollarán funciones de enseñanza con un rol fundamentalmente de coordinación y articulación de la capacitación, existiendo áreas de experticia a desarrollar y profundizar”.
ANÁLISIS: Este punto degrada la estructura docente del ICF a grados 3. Este tema ni siquiera debería discutirse en esta propuesta. Primero deberían analizarse las funciones académicas que debe cumplir el ICF, y luego ver la necesidad de cargos necesarios para cumplir con estas necesidades. Lo que prima en este punto es la reducción y abaratamiento de la estructura, por encima de los intereses académicos.
PUNTO 7: “Se requiere un presupuesto adecuado, global y flexible, que permita implementar un programa de actividades sobre la base, principalmente, de contratos de servicios directos a docentes de Facultades (extensiones de horario, contratos directos, compensaciones salariales que tengan en cuenta la duración de la actividad) u otros Organismos e Instituciones del Estado”.
ANÁLISIS: Este punto implica desarmar, en términos económicos, la estructura del ICF. Abre la puerta para trasladar los recursos del ICF a las Facultades o inclusive a otros organismos del Estado. Si bien siempre es bueno coordinar con todo el mundo, una cosa es coordinar y otra liquidar la estructura y trasladar sus fondos a otros organismos.
¿Qué sucederá a partir de ahora?
El CDC ya dejó a AFFUR afuera de la discusión sobre el ICF. Será responsabilidad del sindicato volver a tener protagonismo en la definición del rumbo de la capacitación de los funcionarios, y poder revertir esta resolución del CDC del 28 de noviembre.
Lo que sabemos es que todos estos cambios se procesarán antes del 30 de abril de 2018, porque es la fecha en que cesa el Dr. Giachetto como Pro Rector de Gestión. Esto es así porque Giachetto presentó su renuncia al Pro Rectorado, pero el CDC se la aceptó aunque no en forma inmediata, ya que se debe esperar a la designación de un sustituto para el cargo. De acuerdo a la resolución del CDC esto debe suceder “no más allá del 30 de abril de 2018”.
Podemos pensar entonces que se le encomienda al Pro Rector culminar con este tema pendiente (la transformación del ICF) antes de dejar su cargo.