No seamos cómplices

No seamos cómplices

           El Congreso de AFFUR realizado en 2015 resolvió promover “que se realicen denuncias ante la Inspección del Trabajo cuando se sospeche el incumplimiento de normas relativas a las condiciones de trabajo”.
Esta política definida por el Congreso de AFFUR de denunciar los incumplimientos de las condiciones laborales en el Ministerio de Trabajo sigue plenamente vigente, porque nunca fue cambiada, y porque además es la correcta. Ha habido varias denuncias al Ministerio desde entonces, y en general con buenos resultados.
Es por ello que, cuando el pasado lunes 11 de mayo, en un taller abierto que realizó AFFUR sobre negociación colectiva, escuchamos la denuncia de un compañero de Rivera de que en dicha sede universitaria los funcionarios de limpieza no tenían duchas para higienizarse, nos causó una gran sorpresa e indignación.
De ser cierta esta denuncia, de la cual no tenemos por qué dudar, porque además la misma fue corroborada por otros compañeros de Rivera, la situación resulta escandalosa.
¿Cómo es posible que en plena campaña contra el coronavirus covid 19, en la cual los sindicatos y la institución estamos recomendando el lavado frecuente de manos y el uso de alcohol en gel, entre otras cosas, convivamos con la aberrante situación de que haya funcionarios de limpieza que no tengan donde ducharse luego de desarrollar sus tareas? Esto parece una broma de mal gusto.
El Decreto del Poder Ejecutivo 406/88, que es de aplicación obligatoria para todo establecimiento público y privado, incluyendo, obviamente a la UDELAR, establece en su artículo 86 que cuando “la naturaleza del trabajo así lo exija, los servicios higiénicos deberán ser completados con instalación de duchas. El número de duchas será como sigue: hasta 5 trabajadores 1 ducha común y para más de 5 trabajadores habrá duchas separadas por sexo, en razón de 1 ducha cada 5 trabajadores por turno. Cada ducha en baños para mujeres deberá estar en compartimientos individuales…”.
El artículo 87 del mencionado decreto especifica los detalles que deben tener los ducheros: “Las duchas contarán con abundante agua limpia fría y caliente y estarán instaladas en locales construidos de material revocado y con pavimento de mosaico provisto de correspondiente desagüe. Las paredes estarán revestidas interiormente hasta 2 metros de altura con baldosas blancas esmaltadas o azulejos, en las que se colocarán jaboneras. Estos locales estarán bien ventilados hacia el exterior. Para el calentamiento del agua no podrán usarse calentadores a alcohol. Queda prohibido el uso de rejilla de madera en los baños”
          El referido Decreto es del año 1988 y además es harto conocido en la UDELAR. De hecho mi primer acercamiento al mismo fue en un curso de la ex Unidad de Capacitación de la UDELAR, actual Instituto de Capacitación y Formación.
En la actualidad, en momentos en que AFFUR y UTHC estamos negociando un protocolo de salud y seguridad con la institución para el desarrollo del trabajo presencial en el contexto de la pandemia, parece como muy contradictorio, y hasta irónico, que no podamos hacer cumplir en la UDELAR ni siquiera los decretos obligatorios ya existentes en materia de salud.
Todo este asunto trae a mi memoria lo que en la ciencia del derecho se conoce como la “pirámide de Kelsen”. Es decir un sistema jurídico, graficado en forma de pirámide, que es usado para representar la jerarquía de las normas jurídicas, unas sobre otras, las cuales se dividen en niveles.
En Uruguay los niveles son los siguientes: en la cúspide de la pirámide, en el nivel más alto, se encuentran las normas constitucionales; en un segundo nivel se encuentran las leyes aprobadas por el Parlamento Nacional y también los decretos de las juntas departamentales, que tienen valor de ley únicamente en su jurisdicción; en un tercer nivel se encuentran las reglamentaciones o decretos emitidos por el Poder Ejecutivo; y en un cuarto nivel encontramos las resoluciones, reglamentos, instructivos, etc., o sea los actos administrativos emitidos por los diversos organismos públicos. Obviamente existe una jerarquía dentro de este enorme océano de los actos administrativos de los diversos organismos públicos, pero lo importante que debemos señalar es que este nivel está por debajo del de los Decretos emitidos por el Poder Ejecutivo.
Los acuerdos de negociación colectiva, o incluso los protocolos que logremos firmar con la UDELAR, estarán en el nivel jurídico de los actos administrativos.
El acuerdo colectivo firmado tendrá el valor jurídico de ser algo aprobado por el Consejo Directivo Central de la UDELAR. Y, en el mejor de los casos, si algún día logramos que estos acuerdos pasen a una instancia tripartita, podrán alcanzar además el valor jurídico de ser actos administrativos refrendados por resolución del Ministerio de Trabajo.
Por lo tanto, la lógica indica, que incluso antes de innovar con la creación de nuevos protocolos de salud y seguridad, ¡lo primero que debemos hacer es garantizar la aplicación de la normativa vigente!
Por supuesto que la negociación de nuevos protocolos es importantísima, sobre todo para situaciones no previstas por la normativa vigente, como es el caso de la actual pandemia. También es importante acordar protocolos para poder “bajar a tierra” o “aterrizar”, a la realidad laboral cotidiana concreta, muchas reglamentaciones nacionales que por su generalidad generan vacíos o dudas a la hora de su aplicación.
De cualquier manera, si bien estos protocolos que logremos acordar hay que considerarlos como conquistas importantes para los trabajadores, como dice el tango de Gardel, “hoy un juramento, mañana una traición”…
Con esto queremos decir que la UDELAR nos puede firmar cualquier papel, pero si eso después no se aplica, será papel mojado.
Los trabajadores/as no luchamos por la firma de convenios colectivos como si ello fuera un fin en sí mismo. La lucha es por la mejora concreta de las condiciones de trabajo. La firma de convenios colectivos es solamente un medio para alcanzar el fin de transformar la realidad.
Y en este sentido no es de recibo que nuestros sindicatos acepten, casi pasivamente, que los decretos que nos benefician en materia de condiciones de trabajo no se apliquen en la UDELAR y en cambio se aplique una política perversa de “siga, siga”, como si lo correcto fuera mirar para otro lado.
Es muy contradictorio firmar un protocolo para proveer, por ejemplo, cantidades suficientes de alcohol en gel para lavarse las manos, cuando por otro lado hay servicios que no tienen ni ducheros… Lo lógico sería ir por todo: no se podrá trabajar si no hay suficiente alcohol en gel, pero tampoco se podrá trabajar si los funcionarios de limpieza no tienen donde ducharse.
No alcanza solamente con buscar nuevos acuerdos de negociación colectiva, ¡hay que empezar por exigir que se apliquen los derechos ya conquistados!
Lo que sucede en Rivera es indignante desde todo punto de vista. Es indignante el hecho concreto que está sucediendo, pero, como dijo un compañero de AFFUR del interior, es indignante que este asunto no fuera considerado una prioridad.
¿Se hizo TODO lo posible por parte del gremio de base? ¿Se hizo TODO lo posible por parte de AFFUR Central? ¿Se hicieron las denuncias ante la inspección del trabajo como resolvió nuestro congreso? ¿Se adoptaron las medidas gremiales de lucha que se debieron adoptar? ¿Faltó apoyo? ¿Faltó convicción? ¿Qué debemos hacer para que esto no suceda nunca más?
Seguramente lo que no debemos hacer es barrer para debajo de la alfombra. Seguramente debemos hablar de estos temas, porque nuestro sindicato no comenzó hoy, y tiene una rica historia. Hemos sabido dar muchas batallas por este mismo tema de la falta de vestuarios y ducheros en otros servicios de la UDELAR. Hemos sabido hacer las denuncias ante el Ministerio de Trabajo, y adoptar las medidas de lucha que han correspondido. Y hemos ido solucionando, no sin esfuerzos, estos problemas. Pero para ello los debimos colocar primero como prioridad.
Y no es válida la excusa del miedo a la privatización para no reclamar lo que es un derecho: el cumplimiento de la normativa laboral es un derecho humano del trabajador y la trabajadora, es un derecho inalienable, que el sindicato no puede dejar de defender por ningún motivo.  Debemos exigirlo tanto para los públicos como para los privados que desempeñan sus funciones dentro de la UDELAR. Jamás puede ser usado el miedo a la privatización para aceptar que no se apliquen derechos, porque ahí sí que le hacemos el juego a la «patronal».
El actual Ejecutivo de AFFUR definió este asunto como una prioridad. El cumplimiento de la normativa laboral vigente no es negociable, debe cumplirse sí o sí. Y los sindicatos debemos estar a la altura de nuestras responsabilidades, tal como la hora lo exige.
Es en este sentido que hemos promovido las resoluciones que ha votado el Plenario Federal, y hemos difundido, hasta el momento, dos importantes protocolos sindicales en materia de salud laboral, que son de aplicación inmediata, y su aplicación no depende del devenir de las actuales negociaciones que se están desarrollando con la UDELAR por el protocolo de salud y seguridad en el marco de la  pandemia de covid 19.
Ni una sola trabajadora desempeñando sus funciones sin que se respeten sus derechos humanos como trabajadora.
Ni un solo trabajador desempeñando sus funciones sin que se respeten sus derechos humanos como trabajador.
Si ello sucede el sindicato debe accionar sindicalmente para detener esta situación en forma inmediata.
No debemos permitirlo, ni avalarlo.
No seamos cómplices.